En la era digital todas las personas somos en un momento dado consumidoras y en otras ocasiones productoras de conocimiento, es por ello que existen y deben existir relaciones comerciales en base a este intercambio de conocimiento.
Es necesario delimitar cuáles son los derechos exclusivos de explotación que constituyen la propiedad intelectual de los contenidos y tratar de asegurar que nadie se lucre de aquellos que no le pertenecen. Esto supone previamente aceptar que todo lo que es sufragado por el erario público debe estar a la libre disposición de la ciudadanía para ser usado, copiado y modificado. Teniendo siempre presente que las obras derivadas deben ser distribuidas en las mismas condiciones.
Es fundamental adaptar y ampliar el concepto de dominio público en la era digital y darse cuenta de que el derecho a cita es consustancial a la actividad intelectual y al análisis crítico y no sólo en la docencia.
Una sociedad que se basa en reglas claras y abiertas a la modificación, al cambio, a la participación de la ciudadanía como las recientemente aprobadas de interoperabilidad, a la adaptación a nuevos tiempos, puede llegar a constituir una economía sostenible pero tratar de aplicar reglas del pasado a un nuevo entorno o intentar sostener privilegios de un sector de la industria cultural/entretenimiento que no es capaz de reconvertirse, sólo puede llevar al estancamiento.
Para lograr una economía sostenible es fundamental seguir avanzando en transparencia política, derechos de la ciudadanía y neutralidad de la red, como se ha hecho hasta ahora con leyes como la Ley de Impulso de la Sociedad de la Información, la Ley 30/2007 de contratación en el sector público, la Ley 37/2007 de reutilización, etc.